Uno de los errores más habituales es pensar que Retribución Flexible y Salario en Especie son lo mismo. Pero realmente ¿Qué diferencia uno de otro? En pocas palabras, ¿Qué hace de algo Renta en Especie o Retribución Flexible?
Salario en especie o renta en especie
En primer lugar, debemos entender que el Salario Bruto de un trabajador, también llamado Rendimiento Integro del Trabajo, puede tener dos partes:
- Renta Dineraria: parte monetaria o en metálico del salario.
- Renta en especie: parte de la remuneración que se cobra en forma de bienes, derechos o servicios para uso propio, de forma gratuita o con precio inferior al de mercado. Además, la ley establece otros requisitos para que se trate de «Renta en especie»:
- La empresa debe ser mediadora del pago entre el vendedor de esos bienes o servicios y el empleado.
- No pueden ser bienes o servicios que se utilicen con la exclusiva finalidad de atender las necesidades de la empresa.
- El salario en especie no debe superar el 30% de la retribución anual total del empleado (su sueldo bruto anual).
- Además la renta dineraria en ningún caso debe ser inferior al salario mínimo interprofesional (o su proporción si el trabajador no lo fuera a tiempo completo).
La Retribución Flexible: un tipo de Salario en Especie
Ciertas retribuciones en especie tienen además tratamiento fiscal ventajoso. Son bienes o servicios exentos de IRPF porque su objetivo es favorecer la conciliación personal y laboral de los empleados. Los seis productos para los que la Normativa señala exención de IRPF son:
- El Seguro de Salud o Seguro Médico: Su objetivo es la conciliación laboral, el bienestar y la salud de los empleados. Incluye primas o cuotas a entidades aseguradoras para la cobertura por enfermedad. La parte que exceda de ese importe anual es retribución en especie, no retribución flexible. Puede alcanzar al trabajador, al cónyuge y a sus descendientes. Exentos hasta 500 euros al año por asegurado (en casos de discapacidad puede alcanzar los 1.500€ por asegurado). La parte que exceda de ese importe anual es retribución en especie, no retribución flexible. Por lo tanto si forma parte de la base imponible del impuesto y no está exenta de IRPF.
- El ticket Restaurante, cheque restaurante o tarjeta restaurante: La cantidad destinada a comida de los empleados está exenta hasta 11 euros por día laborable del mes (menos en País Vasco que serían 9€ al día). La parte que exceda de ese importe diario es retribución en especie no-exenta, no retribución flexible. Por lo tanto sí forma parte de la base imponible del impuesto y no está exenta de IRPF.
- El ticket transporte, cheque transporte o tarjeta transporte: Su objetivo es favorecer el desplazamiento en servicio público de transporte colectivo de viajeros de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo. Servicio transporte exento hasta 136,36 euros al mes (1.500 euros al año). La parte que exceda de ese importe diario es retribución en especie, no retribución flexible. Por lo tanto sí forma parte de la base imponible del impuesto y no está exenta de IRPF.
- El vale guardería o cheque guardería: Su objetivo es la conciliación laboral y familiar de trabajadores y trabajadoras con hijos de 0 a 3 años. Esta exento de IRPF sin límite los gastos de guardería (primer ciclo de educación infantil) de los hijos de los empleados.
- La formación: Su objetivo es la actualización, capacitación o reciclaje del empleado, por lo tanto la exención recoge formaciones relacionadas con el puesto de trabajo o la actividad de la empresa. No tiene límite de exención de IRPF.
- Las acciones corporativas: la acción debe ser gratuita o con precio inferior al de mercado, el límite anual exento es de 12.000 euros al año, se debe ofrecer a toda la plantilla (no a un colectivo concreto), la participación no debe superar el 5% y la titularidad se debe mantener al menos 3 años.
Estos productos pueden considerarse Retribución Flexible o Beneficio Social en función de quien asuma directamente su gasto, si empresa o empleado
Ejemplo real de Retribución Flexible y Salario en Especie
Carolina tiene un sueldo bruto anual de 25.000 euros. Tiene un hijo de 1 año al que va a llevar a la Guardería. El coste total de la guardería son 350€. Cómo su empresa tiene Retribución Flexible con Flexoh, Carolina decide pagarlo directamente desde su sueldo bruto y aprovechar la exención de IRPF. Consigue ahorrar así 90€ cada mes.
Además, la empresa de Carolina le regala todos los años por Navidad una cesta con varios productos (vino, embutido, turrones, etc.) con un valor de 150 euros. En este ejemplo:
- Salario en especie: 150€ de la cesta de Navidad + 4.200 € de Cheque Guardería (350€ x 12 meses). 4350 euros en total.
- Retribución Flexible: 4.200 € de Cheque Guardería (350€ x 12 meses).
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