La Retribución Flexible en el País Vasco ¿conoces las diferencias con el Territorio Común?

¿Sabes que la Retribución Flexible en el País Vasco no es igual a la del resto del territorio común? Hace unos días hablamos sobre las diferencias en la normativa de la Retribución Flexible en Navarra. Y concluíamos que realmente no existían diferencias en los límites exentos de IRPF de Navarra con el territorio común. No ocurre lo mismo con las tres provincias del País Vasco, donde si hay diferencias en la exención de los beneficios: seguro de salud, restaurante, transporte, guardería y formación. Veamos hoy en detalle el caso de cada una de ellas.

Normativa fiscal de Retribución Flexible en el País Vasco

Debemos entender que la normativa de la Retribución Flexible que aplicamos a un empleado depende de donde realiza esa persona su Declaración de la Renta, no de donde está la empresa, ni de donde se realiza el trabajo. En los territorios forales (Guipúzcoa, Vizcaya, Álava y Navarra) hay que tener en cuenta algunas particularidades.

En el caso de Álava la legislación que recoge este tema es:

  • Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Decreto Foral 40/2014, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Mientras en Guipúzcoa es la normativa:

  • Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales.

Y en Vizcaya:

  • Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 47/2014, de 8 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Productos de Retribución Flexible en el País Vasco

SEGURO DE SALUD

Como bien sabemos, en el Territorio Común el seguro médico esta exento hasta 500 euros al año por asegurado. Sin embargo, en las tres provincias del País Vasco el seguro de salud no disfruta de exención de IRPF.

Sin embargo, si hay exención en otros seguros que no son el de salud:

  • Seguro de accidente laboral: exentas las primas o cuotas abonadas por la empresa en virtud del contrato. La normativa es idéntica en todo el País Vasco.
  • Seguro de responsabilidad civil: también cuenta con exención fiscal. Tampoco hay diferencias entre las tres provincias.
  • Seguro colectivo temporal de riesgo puro para el caso de muerte o invalidez: hay exención hasta el límite que reglamentariamente se establezca. En este caso si hay una ligera diferencia entre las tres provincias. Vizcaya y Álava no limitan el importe exento de IRPF, mientras que en Guipúzcoa si se limita la exención hasta los 500 euros. Es decir, la parte que supere esta cifra si esta sujeta a impuesto.

RESTAURANTE

Es otro de los productos flexibles donde existen diferencias entre el Territorio Común y el País Vasco. En el Territorio Común el límite exento para comidas, ya sea ticket restaurante o tarjeta restaurante, son 11 euros por día hábil para el trabajador. Sin embargo, en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya la cantidad exenta es de 9 euros al día.

TRANSPORTE

Lamentablemente para aquellos empleados que utilicen el transporte colectivo de viajeros en País Vasco, no hay exención fiscal para este beneficio. Como sabemos, en el Territorio Común este producto Flexible esta exento hasta 1500 euros al año por trabajador.

GUARDERÍA

¿Y que ocurre con el beneficio guardería, conocido popularmente como cheque guardería? En el Territorio Común, para dicha de los papás y mamás con niños menores de 3 años, no tiene límite de exención. Es decir, queda libre de tributación todo el coste de la guardería, lo cual puede suponer un ahorro de 3 ó 4 mensualidades para muchos empleados. No obstante, en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, la exención está limitada a 1000 euros al año.

Muchos se preguntarán ¿y que ocurre con la deducción de madre trabajadora? La ayuda de hasta 1.000 euros al año que las madres que tienen hijos en guardería reciben en su Declaración de la Renta y que es compatible con la deducción fiscal del beneficio guardería. En el caso de los Territorio Forales esta medida no aplica. Si tienes más dudas sobre esta y otras ayudas relacionadas con el gasto de guardería te recomendamos este post.

FORMACIÓN

Se trata del único caso donde no hay diferencias en toda España. Tanto en el Territorio Común como en los Territorios Forales este producto no tiene límite exento. En otras palabras, el 100% de lo que cueste el curso, master, carrera… no tributa. Algo que puede suponer un elevado ahorro cuando se trata de formaciones o masters con coste elevado.

En todos los casos, no tributan los gastos de estudio para capacitación o reciclaje del personal. Es decir, es importante que las formaciones tengan relación con la actividad laboral del trabajador o su puesto de trabajo.

Productos exentos en País Vasco y no en el Territorio Común

COMPRA DE UN ORDENADOR

Curiosamente hay un gasto que no está exento en el Territorio Común y si lo está en el País Vasco, la compra de un ordenador. Es más, el importe exento es ilimitado para el gasto en «nuevas tecnologías» en las tres provincias vascas. Es decir, no solo no tributa la compra de un ordenador, tampoco lo hacen los gastos de conexión a internet, el software o hardware necesarios para realizar la actividad laboral.

Como puedes ver, existen multitud de diferencias entre la normativa que recoge la retribución flexible en el territorio común y en el País Vasco. Afortunadamente, la plataforma de Flexoh siempre está al día de todo y realiza este control por ti. Ayudando a los empleados a solicitar lo que pueden, sin superar los importes y las limitaciones legales. Para que la carga de trabajo de Recursos Humanos no aumente y tengas más tiempo para las personas.

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